GOBIERNOS REGIONALES: Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
Se establece como funciones de dicha entidad, las siguientes:
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Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación estricta con las CAR.
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Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación efectiva de las estrategias regionales respecto de la diversidad biológica y sobre temas de cambio climático, dentro del ambito de las estrategias nacionales respectivas.
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Proponer la creación efectiva de áreas de conservación regional y local en el marco del SINAMPE.
MUNICIPIOS PROVINCIALES: Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
Estableciendose como funciones exclusivas las siguientes:
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Aprobar el plan de acondicionamiento territorial, que manera que logre identificar las áreas urbanas, de expansión, protección y de seguridad por riesgos naturales, asi como las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
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Aprobar el plan de desarrollo urbano, el plan de desarrollo rural, el esquema de zonificación de las áreas urbanas, asi como el plan de desarrollo de asentamientos humanos.
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Otorgar cuando se amerite licencias de construcción, remodelación o demolición de inmuebles.
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Elaboración y mantenimiento del catastro urbano y rural de la zona.
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Seguridad del Sistema de Defensa Civil.
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Estudios especificos sobre Impacto Ambiental.
MUNICIPIOS DISTRITALES: Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
Estableciendose como funciones exclusivas las siguientes:
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Brindar o proveer del servicio de limpieza pública, para lo cual previamente se debe determinar las áreas de acumulación de desechos, presencia de rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de los desperdicios generados.
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Regular y controlar de manera estricta el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas, viviendas, piscinas, playas y otros lugares públicos de la localidad.
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Instalar y brindar el mantenimiento respectivo a servicios higiénicos y baños de uso público.
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Fiscalizar y realizar labores efectivas de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos que contaminen de alguna forma la atmósfera y el ambiente.
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Expedir cuando sea necesario carnés de sanidad.